MODERNAS TENDENCIAS DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

MODERNAS TENDENCIAS DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

MIRKINE-GUETZÉVITCH, BORIS

25,00 €
IVA incluido
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Editorial:
REUS 84-290
Año de edición:
2013
ISBN:
978-84-290-1679-6
Páginas:
300
Encuadernación:
Rústica
Colección:
CLÁSICOS DEL DERECHO
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Prólogo del traductor Prólogo del autor a la edición española Prólogo del autor a la edición francesa Capítulo primero. El problema de la racionalización del Poder       I.  Objeto del ensayo sintético     II.  Los orígenes de las nuevas Constituciones    III.  La técnica jurídica, los textos constitucionales y la realidad política    IV.  El problema de la racionalización del Poder      V.  La racionalización del parlamentarismo    VI.  La racionalización del federalismo   VII.  La Cámara Alta VIII.  El «referéndum» y la iniciativa popular    IX.  La legislación provisional      X.  El control de la constitucionalidad de las leyes    XI.  Las libertades individuales y los derechos sociales   XII.  Las nuevas tendencias y la influencia del pasado XIII.  Las fuentes de las nuevas Constituciones XIV.  El estado de derecho y la racionalización del Poder Capítulo II. El principio de la unidad del Derecho público           I.  Dualismo y monismo en el sistema de relaciones entre el Derecho interno y el Derecho internacional          II.  Unidad del Derecho público         III.  Las tendencias internacionales de las nuevas Constituciones europeas de la postguerra 1. El reconocimiento constitucional de los principios generales del Derecho internacional 2. La ratificación de los Tratados internacionales 3. El procedimiento constitucional de la declaración de guerra 4. La protección de las minorías nacionales 5. El Derecho internacional y la justicia constitucional 6. La racionalización del Poder y el principio de la unidad del Derecho público Capítulo III. Las declaraciones de los Derechos en la postguerra           I.  La declaración de derechos de 1789          II.  Individualismo y solidarismo         III.  Los «Derechos sociales»         IV.  El proyecto de Robespierre y la Declaración de 1793          V.  Las tendencias sociales de las Declaraciones de la postguerra         VI.  Las disposiciones sociales de las nuevas Declaraciones 1. Alemania. (Constitución del 11 de agosto de 1919) 2. Dantzig. (Constitución del 11 de mayo de 1922) 3. Estonia. (Constitución del 5 de junio de 1920) 4. Polonia. (Constitución del 17 de marzo de 1921) 5. Rumania. (Constitución del 28 de marzo de 1923) 6. Yugoeslavia. (Constitución del Reino de las serbios, croatas y eslovenos, del 28 de junio de 1921)        VII.  La limitación del poder constituyente      VIII.  La protección internacional de los Derechos del hombre         IX.  Los «deberes»          X.  El centro social de las libertades individuales         XI.  El «estado de derechos» y las limitaciones sociales de la libertad Capítulo IV. La votación popular y el parlamentarismo           I.  La votación popular en las nuevas Constituciones          II.  Los textos constitucionales Baden. (Constitución del 21 de marzo de 1919) Baviera. (Constitución del 14 de agosto de 1919) Bremen. (Constitución del 18 de mayo de 1920) Hesse. (Constitución del 12 de diciembre de 1919) Prusia. (Constitución del 30 del noviembre de 1920) Sajonia. (Constitución del 1º de noviembre de 1920) Turingia. (Constitución del 11 de marzo de 1921) Wurtemberg. (Constitución del 25 de septiembre de 1919) Austria. (Constitución del 1º de octubre de 1920, revisada en 30 de julio de 1925 y el 7 de diciembre de 1929) Dantzig. (Constitución del 11 de mayo de 1922) Estonia. (Constitución del 15 de junio de 1920) Grecia. (Constitución del 2 de junio de 1927) Letonia. (Constitución del 15 de febrero de 1922) Lituania. (Constitución del 15 de mayo de 1928) Checoeslovavaquia. (Constitución del 25 de febrero de 1920)         III.  Las nuevas formas de la votación popular en el régimen parlamentario         IV.  El «Referéndum» como problema técnico          V.  La significación política de la votación popular         VI.  La votación popular y la política internacional        VII.  La legislación y los electores      VIII.  La Prensa          X.  La votación popular y las nuevas tendencias del Derecho constitucional Capítulo V. Las revisiones constitucionales           I.  El parlamentarismo austriaco          II.  La revisión de la Constitución austríaca         III.  La revisión de la Constitución polaca         IV.  El proyecto de revisión constitucional del «bloque gubernamental» polaco Capítulo VI. El Ejecutivo dictatorial           I.  El ejecutivo personal          II.  El Ejecutivo fascista         III.  El principio monárquico Capítulo VII. La Significación política del Ejecutivo           I.  El parlamentarismo moderno          II.  La supremacía política del Poder ejecutivo         III.  El régimen parlamentario y la dictadura         IV.  El Ejecutivo democrático Capítulo VIII. La nueva Constitución española y el «Jus gentiun pacis» Conclusión

Mirkine, de origen ucraniano, nació en 1892 en Kiev, la capital de Ucrania. Estudió en Petrogrado, donde durante algún tiempo ejerció como profesor. Emigró a Francia donde adquiere nombradía, al oponerse con ahínco al régimen que le lanzó al exilio. Pero se puede decir que Mirkine tanto se adaptó a Francia, con una simbiosis tal, que por el pueblo francés se le llegó a considerar como un francés más. Moriría tras una larga enfermedad en 1955 a la edad de 63 años. Con él se iba una época en la que pugnaron ideas autori-tarias frente a las técnicas de libertad y paz que él defendía en base a una recreación de la Revolución francesa que había asumido de su maestro, el profesor Alphonse Aulard. Con él, pues, se fue un egregio maestro en Derecho constitucional y ciencia política, y su biografía, además del destacado amor a nuestra patria y de fundar el Instituto de Derecho comparado o pertenecer al -y ser Secretario General del Instituto Internacional de Derecho Público, así como redactor de las Informations Constitutionelles et parlamentaires, suplemento del Boletín Interparlamentario, junto con Leopold Boissier y Adrien Robinet supone y "es testimonio elocuente de una de las más amargas facetas que presenta nuestro panorama histórico". En este libro de Mirkine-Guetzévitch, que presentamos al lector español, se contribuye una vez más -puesto que en otros trabajos esbozó la doctrina- a exponer el principio de la unidad del Derecho, que estaba llamado a efectuar una radical evolución en el Derecho constitucional de los países europeos, pero que ha sufrido, cuando no un descenso, un alto en la marcha por los lunares aparecidos en algunos países europeos con sus exacerbados nacionalismos. 

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