MARTÍNEZ DE MORENTÍN LLAMAS, MARÍA LOURDES
ABREVIATURAS Capítulo I. INTRODUCCIÓN 1. Preliminares 2. Evolución del derecho de visita 3. La reforma de 1981 Capítulo II. EFECTOS DE LAS CRISIS MATRIMONIALES EN RELACIÓN CON LA CUSTODIA DE LOS HIJOS 4. El derecho de visita y los procesos matrimoniales 5. La reforma de 2005 6. Contenido y naturaleza de este derecho 7. Ejercicio normal y anormal del mismo Capítulo III. EL EJERCICIO DEL DERECHO DE VISITA EN EL CÓDIGO CIVIL 8. El ejercicio de la patria potestad 9. El interés del menor 10. La obstaculización por parte del progenitor que ostenta la guarda 11. La obligación de facilitar la relación paterno-filial 12. Anotaciones de derecho alemán y derecho francés Capítulo IV. SOBRE LOS DAÑOS MORALES 13. Generalidades 14. El daño moral 15. La dificultad de su valoración 16. El prudente arbitrio judicial Capítulo V. LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 30 DE JUNIO 2009 17. Introducción 18. Historia de los hechos 19. Comentario Capítulo VI LA DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA ITALIANA 20. La Sentencia del Tribunal de Roma, de 13 de junio de 2000 21. La sentencia del Tribunal de Monza de 5 de noviembre de 2004 22. La sentencia de la Corte de Casación italiana de 10 de mayo de 2005 Capítulo VII. LA JURISPRUDENCIA MENOR SOBRE EL DERECHO DE VISITA FRUSTRADO 23. La SAP de Valencia 20 febrero 2006 24. Supuestos de obstaculización por parte de la Administración 25. El Auto de la AP Sevilla de 30 diciembre 2005 26. Conclusiones Capítulo VIII. LA DIFICULTAD DE VALORAR EL DAÑO MORAL 27. La STS 21 de octubre 2011 28. El menor que no quiere ver asu padre 29. La STS de enero 2013 Capítulo IX. UNA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO AUSTRIACO EN CLAVE COMPARATIVA 30. Introducción 31. La STS Austriaco 32. El comentario austriaco 33. Comentario español Capítulo X. EPÍLOGO JURISPRUDENCIA Y BIBLIOGRAFÍA
Uno de los grandes problemas a los que se enfrenta el Derecho de familia actual en los casos de crisis matrimonial o de pareja es la constatación de una práctica negativa realizada por el padre/madre que ostenta la guarda sobre los hijos; dicha práctica consiste en dificultar u obstruir su derecho de visita al no custodio, impidiendo la relación padre-hijo, lo que produce graves perjuicios en el desarrollo psicológico y afectivo para el hijo/a, pero también daños morales para el padre o madre que se ve impedido en el ejercicio de dicha facultad. El TEDH considera que la admisión de una indemnización por daños morales en supuestos relacionados con el ejercicio del derecho de visita se viene estimando en aquellos casos en los que no queda suficientemente protegido este derecho en el marco familiar. Las soluciones previstas en derecho español y en derecho comparado coinciden al considerar la posibilidad de la compensación por los daños morales causados al padre, tal y como se ha puesto de manifiesto en la STS español de 2009 y en la del OGH austríaco de 2011 que sirven de base a este trabajo. . La obra interesará a los familiaristas, a los civilistas preocupados por el Derecho de familia y, en general, a los abogados matrimonialistas, asistentes sociales, sociólogos, etc.