ARIAS DOMÍNGUEZ, ÁNGEL / SEMPERE NAVARRO, ANTONIO
La tradicional dedicación de la dogmática laboral al estudio de los accidentes de trabajo, en todas sus versiones y modalidades, se justifica -entre otras razones- en la necesidad de organizar, estructurar y categorizar el inmenso volumen jurisprudencial que la hermenéutica de sus normas reguladoras provoca. Es, de suyo, una institución muy permeable a los cambios estructurales en las relaciones laborales. Buen ejemplo de ello es que la tradicional amplitud del accidente en misión se ha comprimido considerablemente por obra de la doctrina del Tribunal Supremo, modificándose desde ella, incluso, los perfiles de determinadas categorías jurídicas que se tienen en consideración para calibrar el grado de influencia que la actitud del trabajador tiene en la imprudencia temeraria.
Una parte, especialmente importante, de este tipo de accidentes se produce empleando el trabajador su vehículo particular, bien porque se considera un útil o herramienta de trabajo, bien porque se emplea para acudir al centro de trabajo o lugar donde se desarrolla éste. El empleo de los vehículos particulares hace surgir en todas la modalidades de accidentes de trabajo (propio, in itinere, y en misión, principalmente) una serie de problemas, relativamente novedosos, que la jurisprudencia no siempre ha solucionado de manera satisfactoria con la debida solvencia. Específicamente porque la relación entre las normas reguladoras del tráfico rodado y las de Seguridad Social no tienen suficientes puntos de conexión para deducir una conducta temeraria, desde el punto de vista de Seguridad Social, por la mera transgresión de las normas (administrativas) de circulación. A ello se añade otra dificultad adicional, que es que el Código Penal considera punible determinados umbrales de imprudencia en la conducción, con la que la traslación de este parámetro hacia lo social no parece dificultosa. Dos son accidentes de trabajos de tráfico más vidriosos: el que se produce bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y el que acontece con inmoderada sobrevelocidad.
El trabajo tiene dos objetivos. Por un lado, agrupar conceptualmente el cúmulo de decisiones jurisprudenciales (no siempre en el mismo sentido) sobre esta materia, intentando extraer los elementos comunes o características de toda ella. Y, de otro, articular una respuesta dogmática organizada a los problemas que surgen de la conjunción de ambos grupos normativos, intentando conformar unos parámetros interpretativos estables en el funcionamiento de la imprudencia temeraria en los accidentes de trabajo de tráfico.